Reforman Disposiciones a la Ley de Movilidad y Transporte para prevenir violencia contra las mujeres

Tiene por objeto sujetarse a la jerarquía, principios rectores y estrategia de movilidad, enfocados en todo momento a brindar un servicio de transporte que prevenga cualquier tipo de violencia contra las mujeres.
Este martes 20 de julio las y los diputados integrantes de la LXIV Legislatura del Congreso del Estado de Hidalgo, efectuaron la 207 sesión ordinaria en la cual se aprobó el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones a la Ley Orgánica de la Agencia Estatal de Energía de Hidalgo; que tiene como propósito promover, realizar y participar en la generación de información y de estudios e investigaciones tendientes a la realización de proyectos energéticos sustentables; en especial para el establecimiento de zonas de actuación para el desarrollo de proyectos de energía.
De la misma forma fue aprobado el Decreto por el que se Reforma el Párrafo Segundo del artículo 158 y se adiciona un tercer párrafo al artículo 158 de la Constitución Política del Estado de Hidalgo, en la que señala que aprobada una iniciativa en la Cámara de Diputados deberá someterse a la sanción de los ayuntamientos y se tendrá por aprobada definitivamente, cuando se demuestre que hubo mayoría en favor de la adición o reforma, la misma se declarará parte de esta Constitución. Si transcurren noventa días después de que se compruebe que ha sido recibido el proyecto de que se trata, sin que los Ayuntamientos remitieran al Congreso el resultado de la votación, se entenderá que aceptan la adición o reforma.
Por otro lado, también se aprobó el Dictamen que aprueba la Iniciativa con Proyecto de Decreto que Reforma el Artículo 8 de la Constitución Política del Estado de Hidalgo, la cual indica que todos los habitantes del Estado tienen derecho, a la extensión progresiva, cuantitativa y cualitativa de los servicios de salud, a la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad, a disfrutar de una vivienda digna y decorosa; en general, al bienestar, a la seguridad individual y social, así como a la accesibilidad, siendo estos objetivos de la permanente superación del nivel de vida de la población. La Ley definirá las bases y formas para conseguir estas finalidades en concurrencia con la Federación.
Del mismo modo se aprobó el Decreto por la que se crea la Ley de Acceso al Derecho a la Alimentación del Estado de Hidalgo, la cual tiene por objeto el derecho a la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad en todos los habitantes del Estado y en puntual atención de los niños, niñas, adolescentes, adultos mayores y personas con discapacidad. El Documento establece las bases y criterios de los Comedores del Bienestar que el Estado pondrá al servicio de toda la población y en atención especial a la más vulnerable.
En otro punto de la orden de día, legisladoras y legisladores aprobaron el Decreto por el que se Reforman Diversas Disposiciones de la Ley de Movilidad y Transporte para el Estado de Hidalgo, La cual tiene por objeto sujetarse a la jerarquía, principios rectores y estrategia de movilidad, enfocados en todo momento a brindar un servicio de transporte que prevenga cualquier tipo de violencia contra las mujeres.
También se dio lectura a la Iniciativa con proyecto de Decreto por las que se adicionan diversas disposiciones de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Hidalgo, la cual indica que, en cada municipio, deberá existir un Instituto Municipal para la Prevención de las Adicciones creado como organismo de la administración pública municipal, que tendrá por objeto prevenir y atender las problemáticas relacionadas al uso de drogas licitas e ilícitas, entre otros tipos de adicciones. Con 20 votos en contra el dictamen regresó a la Primera Comisión Permanente y Puntos Constitucionales para su análisis.
En otro de los acuerdos, de manera unánime, fue aprobado el Decreto por el que se Reforman y adicionan diversas Disposiciones de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Hidalgo en materia de Presupuesto Participativo; menciona que cada Instrumento de participación ciudadana los vecinos del municipio decidan sobre la aplicación de un porcentaje del presupuesto de egresos municipal para proyectos de infraestructura o servicios que mejoren sus comunidades. Además de que los Ayuntamientos expedirán las normas reglamentarias que establezcan las formas y procedimientos que garanticen el acceso a los instrumentos de participación ciudadana, que contribuyan al mejoramiento del quehacer municipal con la finalidad de que se atiendan eficazmente las necesidades de la población.
En otro punto abordado en la sesión, se aprobó el Decreto por el que se adiciona un segundo y tercer párrafo, al Artículo 86 de la Ley para la Protección al Ambiente del Estado de Hidalgo. Indica que para poder realizar las obras y actividades que realice el sector público o privado descritas en el artículo 37, éstas, deberán sujetarse a la evaluación del impacto ambiental y a su autorización, previsto en esta Ley y su reglamento, normas oficiales y demás disposiciones reglamentarias aplicables. Además de que, en caso de iniciar obras y actividades, en las áreas naturales protegidas, sin contar con la evaluación del impacto ambiental y a su autorización, se impondrán las Medidas de Seguridad e Infracciones y Sanciones aplicables establecidas en el Título Séptimo de la presente Ley.
De igual forma fue sometido a votación el Dictamen que aprueba la Iniciativa con Proyecto de Decreto mediante el cual se Reforma el artículo 10, de la Ley del Sistema Estatal Anticorrupción de Hidalgo, la cual señala que el artículo 10 refiere quienes serán los integrantes del Comité Coordinador, en este sentido se considera de suma importancia que esta Soberanía forme parte de este órgano vigilante de esta relevante tarea. Con la aprobación, el Congreso del Estado Libre y Soberano de Hidalgo, busca actualizar la Ley del Sistema Estatal Anticorrupción de Hidalgo, y con ello, ofrecer un marco normativo acorde con las necesidades actuales de la población en materia de Anticorrupción.
Por otro lado, diputadas y diputados aprobaron el decreto por el que se adiciona un tercer y cuarto párrafo, recorriéndose los subsecuentes párrafos, al artículo 46 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, ante la cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión. Señala que, para poder realizar obras y actividades de exploración, explotación y beneficio de minerales, en las áreas naturales protegidas, éstas, deberán sujetarse a la evaluación del impacto ambiental y a su autorización, previsto en esta Ley y sus reglamentos.
Así mismo, la legislatura exhortó autoridades federales y municipales para que implementen acciones en pro del correcto funcionamiento de la Planta Tratadora de Aguas Residuales ubicada en el municipio de Atotonilco de Tula derivado de las afectaciones sanitarias, denunciadas en días recientes por habitantes de las comunidades cercanas a las instalaciones de la misma.
En ese mismo orden de ideas se exhortó a los titulares de las Secretarías de Turismo y de Desarrollo Económico del Gobierno Estatal, a continuar implementando las acciones emergentes y permanentes a favor del sector restaurantero en el Estado de Hidalgo que contemplen el fortalecimiento de la promoción y publicidad, apoyos financieros y de innovación para la oferta de servicios, a favor de este sector, con el objetivo de aminorar el impacto negativo que han sufrido debido a las restricciones establecidas derivado de la pandemia causada por el virus Sars-Cov-2 (COVID-19).
Finalmente se hizo un exhorto al Titular de la Secretaría de Movilidad y Transporte del Estado de Hidalgo, y a la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Hidalgo, así como a los ayuntamientos del estado en dónde se cuente con ciclovías, para que de manera coordinada establezcan las medidas necesarias para crear cultura de movilidad y evitar que se obstaculice este tipo de infraestructura pública.